
DERECHO Contencioso-administrativo
EN TENERIFE
Defendemos tus derechos frente a la Administración Pública
Enfrentarse a la Administración Pública requiere especialistas. Canal Abogados cuenta con amplia experiencia en procedimientos administrativos y contencioso-administrativos ante todas las administraciones de Canarias: Ayuntamientos, Cabildos, Gobierno de Canarias y Estado.
Sabemos que los plazos en derecho administrativo son críticos y que un error procesal puede ser fatal. Por eso actuamos con rapidez y precisión, desde la vía administrativa hasta los tribunales, protegiendo tus derechos e intereses frente a decisiones administrativas injustas.
Si la Administración vulnera tus derechos, tenemos la experiencia para revertirlo.
¿En qué podemos ayudarte?
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- Responsabilidad patrimonial
- Licencias y autorizaciones
- Expropiaciones forzosas
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Recursos contra sanciones de tráfico
Las multas de tráfico en Canarias pueden recurrirse en vía administrativa y contencioso-administrativa. En Canal Abogados analizamos cada sanción y recurrimos cuando existen argumentos sólidos. Gestionamos todo el proceso: recurso administrativo, recurso contencioso y ejecución.
Reclamación de responsabilidad patrimonial
Si la Administración te ha causado daños — un bache en la carretera, deficiente atención médica pública, obras municipales — tienes derecho a reclamar indemnización. El plazo para reclamar es de 1 año desde que se produjo el daño.
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Preguntas Frecuentes sobre Derecho contencioso-administrativo
¿Qué plazo tengo para recurrir?
Crítico: 1 mes para recursos administrativos, 2 meses para contencioso. Ven inmediatamente tras recibir la notificación.
¿Merece la pena recurrir una multa de 200€?
Depende. Si es injusta y tenemos argumentos sólidos, sí.
¿Cuánto tarda un contencioso-administrativo?
En Tenerife, procedimientos abreviados: 8-14 meses. Ordinarios: 18-24 meses.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
¿Qué documentos necesito para iniciar un contencioso?
La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
¿Qué documentos necesito para iniciar un contencioso?
La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
¿Qué documentos necesito para iniciar un contencioso?
La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
¿Qué documentos necesito para iniciar un contencioso?
La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
¿Qué documentos necesito para iniciar un contencioso?
La resolución administrativa impugnada, el acuse de recibo de la notificación y toda la documentación del expediente administrativo. Nos encargamos de solicitarla.
¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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¿Puedo recurrir una sanción de una empresa municipal?
Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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Sí. Las sanciones de organismos públicos y empresas municipales son recurribles en vía contencioso-administrativa. El plazo es de 2 meses desde la notificación.
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